La Corte Suprema de Justicia le dijo no a una presentación del Gobierno en El marco de la causa que impulsó el Consejo Interuniversitario Nacional en la que se pide que se cumpla con la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente.
En efecto, la desestimó la queja presentada por el Poder Ejecutivo contra resoluciones previas que habían rechazado la recusación del juez de primera instancia Diego Martín Cormick y de un magistrado de la Cámara Contencioso Administrativa Federal.
La causa tuvo su origen con el amparo presentado por el.Consejo Interuniversitario, cuando el Gobierno dijo mediante decreto que la ley de financiamiento universitario secejecutaría una vez definida una fuente específica de recursos y se incorpraranlas partidas correspondientes al presupuesto, una forma de bloquear la ejecución devla ley
El.Vonsejo en su presentación pidió judicialmente que se ordenara al Estado cumplir la ley y garantizar los fondos necesarios. Y fue en ese contexto en el que el Gobierno intentó apartar al juez Cormick de la causa, argumentando que se desempeña como docente en universidades nacionales.
En esexsentido, la Corte fue contundente: «no se ha acreditado elemento alguno que configure una causal de excusación». «La actividad docente en una universidad pública -remarcó el Alto.Tribunal- no implica necesariamente un interés personal, directo y relevante en el resultado del litigio».
