Aspecto de los desalojos en la Ley de Propiedad Privada


El proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada,  introduce cambios en los procedimientos de desalojo de inmuebles urbanos y rurales. Con la nueva ley, se trata de acelerar los procesos judiciales

Si el proyecto se aprueba en Diputados las acciones de desalojo deberán tramitarse mediante un juicio sumarísimo. El proyecto amplía quiénes pueden iniciar una demanda. Ya no será solo el propietario quien pueda reclamar la entrega de un inmueble, sino cualquier persona que pueda acreditar un derecho o interés legítimo

En Cuanto a los alquileres de vivienda, el proyecto establece una instancia previa obligatoria antes de iniciar un juicio por falta de pago. El propietario deberá intimar formalmente al inquilino y otorgarle un plazo de al menos diez días corridos para cancelar la deuda. La notificación podrá realizarse  incluso por medios electrónicos.

Si vencido ese plazo el inquilino no regulariza la situación, el propietario podrá iniciar el proceso de desalojo por la vía más breve prevista.

El proyecto  contempla addemás  situaciones de vulnerabilidad. Cuando entre los ocupantes haya menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores en situación de desamparo, deberá intervenir el Ministerio Público Tutelar y los organismos de protección correspondientes.