(NA) — El Senado sesionará este jueves para tratar el proyecto de ley de propiedad privada que elimina las restricciones para que los empresarios extranjeros puedan comprar tierras rurales y contempla los desalojos «exprés» de aquellas viviendas o terrenos que hayan sido usurpadas.
Esta iniciativa es uno de los temas centrales junto al pago de los fondos buitres que La Libertad Avanza acordó hoy con los bloques dialoguistas incluir en la sesión que se realizará mañana desde las 11.
El temario contempla la aprobación de 50 pliegos de los 73 que están en condiciones de ser tratado en el recinto de sesiones, mientras que la postulación rechazada por el Gobierno de Verónica Michelli, se debatirá en una próxima sesión junto con otros 23 candidatos a la justicia.
La iniciativa de Ley de Propiedad Privada Fue diseñada por el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger tuvo sustanciales modificaciones ya que se eliminó el capitulo sobre cambios en la ley de barrios populares, y se reformaron los capítulos sobre extranjerización, expropiaciones, desalojos y manejo del Fuego
El proyecto elimina los límites para que los extranjeros puedan adquirir tierras y dispone que las provincias tendrán que autorizar las ventas
Cada provincia conservará la jurisdicción plena sobre el territorio comprendido dentro de sus respectivos límites, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Nacional.
Se prohíbe que puedan comprar tierras estados extranjeros, y otras organizaciones empresariales donde un Estado extranjero tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias o fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes o fondos de un Estado extranjero. Pero, ¿Estados extranjeros, empresas estatales extranjeras y sociedades controladas por gobiernos extranjeros, requerirán autorización previa del Poder Ejecutivo y solicitud expresa de la provincia donde se encuentre el inmueble para comprar grandes extensiones de tierra? Se incorporan previsiones destinadas a evitar esquemas de titularidad indirecta o interposición de personas humanas o jurídicas para eludir las disposiciones de la ley.
Las expropiaciones son ahora restrictivas
La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva. La declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida
El dictamen estableció que habrá tope del 30% de indemnización por lucro cesante, ya que en el proyecto original no ponía ningún porcentaje. La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor mas la tasa del Banco Nación a treinta días.
Se deroga el artículo que establecía que en caso de incendio de un predio rural, por 30 años no se podía cambiar el uso sobre superficies incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas.
En el caso de incendios de bosques nativos se prohíbe el cambio de uso y destino prevista en la actuales normas, pero se elimina el plazo de 60 años establecidos en la ley
