La justicia frenó la vigencia plena de la nueva ley laboral: revés para el Gobierno


El Juzgado Nacional del Trabajo a cargo del juez Raúl Ojeda  hizo lugar a una cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y dispuso la suspensión provisoria de varios artículos de la reciente reforma laboral.

La central de los trabajadores cuestionó una serie de disposiciones de la nueva  Ley 27.802, al sostener que introducen “modificaciones peyorativas y permanentes en los derechos individuales y colectivos de los trabajadores”, y que afectan garantías constitucionales

El juez magistrado  consideró que se dan las comdiciones para el dictado de una medida cautelar, al verificar “una apariencia razonable” del derecho invocado. EL juez recordó que para este tipo de decisiones “no se requiere certeza absoluta acerca de la existencia del derecho, sino la comprobación de su apariencia razonable”.

El Juez también apuntó la posible afectación de derechos de raigambre constitucional y desprotección de los trabajadores.

En su resolución,  el juez destacó el rol del Poder Judicial en estos casos: “La intervención de este Poder Judicial independiente es necesaria justamente para garantizar la división de poderes”, afirmó, y agregó que esa función debe ejercerse “siempre y cuando se respete la Constitución Nacional”.

El fallo de Ojeda deja sin efecto provisoriamente, entre otros puntos,  la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las limitaciones al derecho a huelga, la ultraactividad de los convenios y la derogación de la Ley de Teletrabajo.

Hasta que se resuelva el fondo de la cuestión la vigencia plena de la ley está en suspenso.y ello implica un revés para el gobierno.