Por decreto de Perotti

Gastos de funcionamiento de la Policía: Saín tendrá el control de los fondos


El ministro de Seguridad, Marcelo Saín, pasó a tener a su cargo lo que se conoce comúnmente como «caja de los comisarios». Puede controlar así tanto la ventanilla donde ellos deben acudir, de la que antes se encargaba otro ministerio, como la administración de otros fondos de las reparticiones policiales. El cambio se da gracias al decreto nº53 firmado por el gobernador Omar Perotti y el propio Saín.

El rumor comenzó en la Policía y se abrió paso fuera de ese ámbito -con comentarios a favor y en contra- muy rápidamente. El ministro de Seguridad, Marcelo Saín, tiene ahora bajo su órbita lo que vulgarmente se ha llamado la “Caja de los comisarios”.

Lo que hace ese decreto es tratar los «fondos especiales» mencionados en la ley nº 10.296 (y sus modificatorias 10.836 y 11.579). En esas se autoriza al Ministerio de Gobierno para realizar la administración de los fondos.

En el mismo texto, desde gobernación modificaron también el control de los «gastos reservados de la policía», mencionados en la legislación santafesina como «gastos de funcionamiento». Lo que hace el decreto es concentrar los recursos en el Ministerio de Seguridad por sobre la Dirección de Administración de la fuerza. A su vez, pone topes mensuales a los jefes de las reparticiones, lo que implica un control directo mayor.

En el primer artículo, el texto cambia el control de ciertos fondos especiales: «Establécese que la administración y disposición de los fondos especiales autorizados por la Ley N° 10296, sus modificatorias Nros. 10836 y 11579, y el Artículo 110 del Decreto N° 8/14, se efectuará con arreglo a las previsiones del presente decreto y serán responsabilidad del Ministerio de Seguridad». Hasta el momento, era una competencia del ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad.

A su vez, en su artículo nº3 detalla: «Determínase que el Ministerio de Seguridad podrá autorizar hasta el tope máximo de pesos ciento veinte mil ($ 120.000), el monto a invertir por los jefes de las reparticiones policiales, por intermedio de sus respectivas habilitaciones, para los casos de partidas mensuales destinadas a gastos de funcionamiento y racionamiento, y hasta el tope máximo de pesos cincuenta mil ($ 50.000) para gastos de funcionamiento por comprobante; y reajustar hasta en un cincuenta por ciento (50%) los importes, en casos debidamente justificados».

Por otro lado, la Ley 7.395, Orgánica de la Policía, manifiesta: «Corresponderá a la Dirección Administración, las funciones de asesoramiento técnico financiero para la preparación de apreciaciones, proposiciones, planes e informes, la ejecución de la contabilidad financiera, incluyendo la parte fiscal; la recepción, depósitos, extracciones de fondos asignados y certificación de las disponibilidades, la programación y control de ejecución del presupuesto, la liquidación y pago de haberes y por gastos de funcionamiento e inversiones autorizadas por las leyes de contabilidad, y sus respectivas rendiciones de cuentas. A tal efecto, su personal de profesionales y técnicos, se agrupará en las dependencias denominadas: contaduría y tesorería, de la policía provincial».