(NA) — El Gobierno avanza con un proyecto de Ley de Reforma Laboral, una propuesta que modifica de manera integral la Ley de Contrato de Trabajo y normas complementarias con el objetivo de reducir la litigiosidad, promover el empleo formal y actualizar las relaciones laborales a los nuevos modelos productivos, según el documento preliminar.
Hay borradores y cambios, pero se prevé la creación de un Régimen de Promoción del Empleo Registrado, que permitiría a los empleadores regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas. Entre los beneficios ofrecidos figuran la condonación de deudas previsionales, multas e intereses, además de la baja del REPSAL, siempre que las empresas blanqueen a la totalidad del personal alcanzado.
En materia de registración, el documento propone centralizar la registración en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y suprimir el capítulo de multas por trabajo no registrado. No obstante, el borrador mantiene que la falta de registración constituye una presunción favorable al trabajador en caso de conflicto judicial.
En materia de indemnizaciones se propicia la creación de «los Fondos de Asistencia Laboral, destinados exclusivamente a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones y pagos» contemplados en las reglamentaciones de «las indemnizaciones reparadoras de preaviso, integración y despido, previstas en los estatutos profesionales, por parte de los empleadores del Sector Privado».
Si bien se aclara que «este régimen no modifica, sustituye ni altera el régimen indemnizatorio vigente», el artículo 59 plantea que «cada empleador deberá conformar una cuenta como un patrimonio separado, de afectación específica, independiente e inembargable, en uno de los fondos administrados por una de las entidades habilitadas a tal fin por la Comisión Nacional de Valores, a elección del empleador».
En los casos de despido dispuesto por el empleador sin justa causa, habiendo o no mediado preaviso y luego de transcurrido el período de prueba, se deberá abonar al trabajador una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses, tomando como base de cálculo la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si este fuera menor.
El documento preliminar introduce además cambios en el artículo 212 vinculado a enfermedades y accidentes laborales, ajusta los criterios para la reincorporación del trabajador y establece distintas modalidades de indemnización según el tipo de incapacidad.
Se busca la declaración en una serie de actividades como servicios esenciales, para limitar el derecho a huelga. Sería el de los docentes, por ejemplo. el artículo 88 del borrador dice que «en lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal».
La regulación de las plataformas digitales es otro de los temas tratados, establece el reconocimiento de una relación laboral formal entre empresas como aplicaciones de delivery y repartidores. El borrador exige en principio registrar a los trabajadores ante la seguridad social, efectuar los correspondientes aportes y contribuciones, y contratar seguros por accidentes para estos empleados.
El borrador también plantea una nueva fórmula de actualización de créditos laborales —basada en IPC más un 3% anual— y fija límites para las causas en trámite con el fin de evitar indemnizaciones superiores a las que resultarían del esquema previsto.
Un punto en el borrador que genera polémica es el establecimiento de convenios de trabajo por sector o empresa. «Los convenios colectivos de ámbito mayor no podrán modificar ni disponer el contenido de los convenios de ámbito menor», indica el borrador en el artículo 114, mientras que el 115 agrega: «Un convenio de ámbito menor prevalece, dentro de su ámbito de representación personal y territorial, frente a otro convenio de ámbito mayor, anterior o posterior». En términos vulgares esto podría significar, si prospera, que un trabajador de una empresa de una rama pudiera ganar o tener más beneficios (o menos) que un trabajador de otra empresa de la misma rama.
Además, el texto analiza beneficios para incentivar la contratación de nuevos empleados, con reducciones temporales en las contribuciones patronales a distintos subsistemas de la seguridad social.
El proyecto seguirá siendo trabajado por el Ejecutivo antes de definir la versión final que será elevada al Congreso
